Ley sobre animales de apoyo emocional de Florida: propietarios y residentes de condos con perros o gatos de apoyo emocional
Jan 15, 2023 January 15, 2023
¿Tienes un animal de apoyo emocional? Quizás tengas un animal de apoyo emocional (ESA, por sus siglas en inglés) y estés pensando en mudarte o quizás estés pensando que quizás necesites que tu mascota se certifique como ESA. Aquí revisaremos todo lo que necesitas saber sobre los animales de apoyo emocional y las últimas leyes de Florida para que estés al tanto de todas tus posibilidades a la hora de comprar o alquilar un condo en Florida.
Este artículo fue publicado originalmente el 5 de agosto de 2020 y fue actualizado por última vez el 10 de agosto de 2022.
Últimamente, los temas sobre salud mental han cobrado mucha relevancia y por una buena razón: la salud mental es de suma importancia, especialmente en estos tiempos modernos. Dedicamos mucho tiempo y energía a cuidar nuestro cuerpo físico, por lo que tiene sentido que también queramos cuidar nuestra salud mental.
Los animales de apoyo emocional (ESA) sirven como tratamiento para algunas condiciones emocionales. Para las personas con discapacidad o con una condición emocional (como la depresión o la ansiedad) que cuentan con un ESA, encontrar un nuevo hogar para mudarse puede representar muchos desafíos. Y nadie se merece tener que estar con miedo de ser discriminado o de que se le niegue una vivienda por tener un animal de apoyo emocional.
Afortunadamente, el 1 de julio de 2020, se aprobó una ley en Florida que establece explícitamente los derechos y las obligaciones de los propietarios e inquilinos con respecto a los animales de apoyo emocional. Y esta ley se aplica a todos los condominios, apartamentos y casas de alquiler.
Asimismo, esta ley también aborda una creciente preocupación entre los propietarios y las Asociaciones de condominios que, en verdad, no es más que la otra cara de la misma moneda: muchos inquilinos obtenían cartas y certificados ilegítimos en línea para hacer pasar injustamente a sus mascotas como animales de apoyo emocional.
Foto cortesía de Oleg Ivanov
Estas son las características de la ley de Florida sobre los animales de apoyo emocional:
— Normas sobre los animales de apoyo emocional (ESA): lo que los propietarios de Florida no pueden hacer
Los propietarios de Florida no pueden negar una vivienda debido a una discapacidad o una necesidad relacionada con la discapacidad. La ley de ESA enmienda la Ley de Vivienda Justa de Florida y prohíbe estrictamente a los propietarios negar una vivienda a cualquier persona con una discapacidad o una necesidad relacionada con dicha discapacidad que sea propietaria de un animal de apoyo emocional o adquiera uno en el futuro.
Los propietarios de Florida no pueden pedir a sus inquilinos información sobre el diagnóstico o la gravedad de la discapacidad. La ley de animales de apoyo emocional de Florida prohíbe a los propietarios solicitar cualquier tipo de información específica relacionada con el diagnóstico o el nivel de gravedad de la discapacidad, incluidos los registros médicos relacionados con la discapacidad. Esto también aplica a cualquier formulario especial o proceso de verificación que el proveedor de la vivienda pueda solicitar. Aunque el inquilino con un animal de apoyo emocional no cumpla con los “procesos de verificación” del propietario, no se le puede negar la vivienda.
— ¿Tengo que entrenar a mi animal de apoyo emocional?
Los animales de apoyo emocional no requieren un entrenamiento específico. A diferencia de los animales de servicio, la simple presencia de un animal de apoyo emocional ayuda a aliviar los síntomas de la persona afectada. Por lo tanto, la ley de ESA no requiere que los animales tengan ningún entrenamiento específico. Claro que siempre es muy recomendable que los propietarios den a sus animales de apoyo emocional un entrenamiento de obediencia básica y seguridad. Pero, en resumen, ni el propietario ni la Asociación de condominios pueden exigir que tu animal de apoyo emocional tenga algún entrenamiento o habilidades especiales.
— ¿Me pueden cobrar depósitos o cuotas mensuales por posesión de mascotas por mi ESA?
No se pueden cobrar depósitos adicionales o tarifas mensuales por perros o gatos de apoyo emocional. La ley prohíbe explícitamente que los proveedores de viviendas cobren cualquier tarifa adicional por tener animales de apoyo emocional, independientemente de las políticas de mascotas de la vivienda.
— ¿Qué tipo de documentación necesito para tener un animal de apoyo emocional?
La tarjeta de identificación en línea, el parche, el certificado u otros registros ya no son suficientes. Debido a la gran cantidad de personas que utilizan ilegítimamente dicha documentación disponible en línea para pasar a sus mascotas como animales de apoyo emocional, esta parte de la ley protege a los propietarios y empodera a los que realmente necesitan animales de apoyo emocional.
Los propietarios de animales de apoyo emocional ahora tienen que:
- Proporcionar documentación escrita de cualquier agencia federal o estatal, del gobierno local o de profesionales de la salud especializados, proveedores de telesalud, o incluso profesionales de la salud de fuera del Estado que hayan proporcionado atención o servicios a la persona en al menos una ocasión. En esta documentación, deben establecer que la persona tiene una discapacidad emocional para la que se ha prescrito un animal de apoyo emocional.
- Proporcionar documentación escrita de cualquiera de los organismos o profesionales mencionados anteriormente, que establezca la necesidad de un animal de apoyo emocional y que detalle el tipo de asistencia o apoyo emocional que proporciona el animal.
— ¿Quién puede emitir la documentación sobre mi animal de apoyo emocional?
Tal como mencionamos anteriormente, la documentación sobre la necesidad de un animal de apoyo emocional debe ser emitida por cualquier agencia federal o estatal, del gobierno local o de profesionales de la salud especializados, proveedores de telesalud, o incluso profesionales de la salud de fuera del Estado que hayan proporcionado atención o servicios a la persona en al menos una ocasión. En esta documentación, se debe establecer que la persona tiene una discapacidad emocional para la que se ha prescrito un animal de apoyo emocional.
— ¿Cuáles son los requisitos de la documentación sobre los animales de apoyo emocional?
Por lo general, la documentación ESA debe estar escrita por un profesional de la salud con licencia o un profesional de la salud mental que haya determinado que tienes una condición emocional que califica como una discapacidad. Además, aunque la documentación de ESA no incluye el diagnóstico, tu condición mental o emocional debe aparecer en el Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM, por sus siglas en inglés).
Asimismo, el profesional de la salud deberá indicar lo siguiente:
- La condición identificada limita sustancialmente la capacidad del paciente de participar en al menos una actividad importante de la vida.
- El profesional ha determinado que un animal de apoyo emocional ayudaría a tratar la condición o aliviar sus síntomas. Esta es indicación para un animal de apoyo emocional propiamente dicha.
- La documentación de ESA debe contar con el membrete oficial del terapeuta o del profesional de la salud con matrícula.
- La documentación de ESA debe incluir los detalles de la matrícula del terapeuta o profesional de la salud, la fecha de emisión y el Estado.
Acción disciplinaria contra profesionales sanitarios que proporcionen documentación fraudulenta de animales de apoyo emocional. Esta ley incluye una cláusula según la cual se tomarán medidas disciplinarias contra la matrícula de los profesionales de la salud que hayan proporcionado información o documentación para un animal de apoyo emocional sin tener ningún conocimiento personal de la discapacidad o necesidad relacionada con la discapacidad del paciente. Este accionar está calificado explícitamente como un delito menor, por lo que las personas que sean condenadas deberán realizar treinta horas de servicio comunitario según las órdenes de la corte.
Foto cortesía de Ian Badenhorst
— Tengo más de un animal de apoyo emocional. ¿Qué hago?
Normas para tener varios animales de apoyo emocional. En este caso, el proveedor de vivienda tiene el derecho de solicitar información sobre la necesidad específica que satisface cada animal (es decir, cómo ayuda cada animal con las necesidades emocionales específicas de la persona) y los requisitos del permiso ESA y los documentos de vacunación de cada uno de los animales.
Así que necesitarás contar con documentación específica para cada uno de los animales de apoyo emocional y esta deberá estar emitida por un profesional de salud mental matriculado.
La información proporcionada ha sido simplificada para que sea más fácil de comprender. Aquí puedes consultar la ley completa sobre los animales de apoyo emocional SB1084 (disponible en inglés). Si tienes preguntas sobre esta ley o si quieres saber más sobre los condos en Miami, puedes llamarnos o envíanos un correo electrónico y un experto de nuestro equipo estará encantado de ayudarte.